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miércoles, 3 de noviembre de 2010

APRUEBAN LEY DE LA CARRERA FISCAL Y AUMENTAN EDAD DE MAGISTRADOS PARA CESAR EN CARGOS



La Comisión de Justicia del Parlamento aprobó hoy que la nueva Ley de la Carrera Fiscal aumente de 70 a 75 años la edad de jubilación de magistrados, entre otras modificaciones planteadas en la norma que busca la agilidad de los procesos en el Ministerio Público.

Presidido por el legislador Rolando Sousa, el grupo de trabajo sancionó por unanimidad la propuesta, elaborada sobre la base de tres iniciativas legislativas, dos por parte del Congreso de la República y una por el lado del Ministerio Público.

Con cargo a redacción fue aprobada la iniciativa con algunas importantes modificaciones, entre ellas la de establecer como edad límite la de 75 años para la culminación de su cargo por considerarse que los 70 años es muy restrictivo para un fiscal.

La nueva norma plantea regular los diferentes componentes de la carrera orientada a establecer las condiciones que permitan habilidades y actitudes que garanticen idoneidad en el cargo.

El Decreto Legislativo 052 del 18 de marzo de 1981, es decir de una antigüedad de 25 años, sirve en la actualidad de base de regulación del Ministerio Público.

La iniciativa está compuesta de 106 artículos, dos disposiciones complementarias finales, tres disposiciones complementarias, dos disposiciones complementarias transitorias y una disposición complementaria derogatoria.

También, en forma unánime, la comisión aprobó la iniciativa que plantea regular los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado a fin de unificar la remuneración que perciben los vocales superiores, jueces de primera instancia y jueces de paz letrados.

El presidente de la Corte Superior de Lima, César Vega Vega, sustentó que la remuneración de los magistrados se encuentra dividida en tres conceptos: haberes, bonos jurisdiccionales y gastos operativos judiciales. Los dos últimos conceptos no son considerados para los efectos tributarios ni de seguridad social.

Vega Vega señaló que, en consecuencia, tampoco son considerados al momento del cese y el de sus derechos previsionales.

Indicó que la modificación no afectaría al erario nacional, porque no implicaría un aumento de sueldo. “Por el contrario, el Estado tendría la posibilidad de cobrar una mejor tributación por el total del sueldo y se podría mejorar las pensiones de ese sector”, afirmó.

Agregó que en la actualidad serían pocos los beneficiados, pues de un total de mil 882 magistrados solo 52 se jubilaron en el 2009 y en el 2010 lo harán 44. “Los hábiles, que son la mayoría, subvencionarían las pensiones”, anotó.

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