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miércoles, 6 de julio de 2011

PROMULGAN LEY QUE REGULA USO DE LENGUAS ORIGINARIAS DE PERÚ



El Congreso de la República promulgó ayer la Ley 29735 que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias de Perú, es decir, aquellas que son anteriores a la difusión del idioma español.


La ley, publicada el día de ayer en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene como objeto precisar el alcance de los derechos y garantías individuales y colectivas establecidas en la Constitución en materia lingüística.

Señala que todas las lenguas originarias son la expresión de una identidad colectiva y una manera distinta de concebir y describir la realidad, por tanto gozan de las condiciones necesarias para su mantenimiento y desarrollo.

Por ello, declara de interés nacional el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del país.

La norma precisa que son lenguas originarias de Perú todas aquellas anteriores a la difusión del idioma español y que se preservan y emplean en el ámbito nacional.

Son idiomas oficiales, además del castellano, las lenguas originarias en los distritos, provincias o regiones en donde predominen, de acuerdo a lo consignado en el Registro Nacional de Lenguas Originarias.

El Ministerio de Educación despliega las acciones necesarias para contar con un mapa etnolingüístico actualizado y aprobado por decreto supremo a más tardar el 31 de diciembre de 2011, agrega la disposición.

La presente norma deroga el Decreto Ley 21156 que reconoce el quechua como lengua oficial de Perú y la Ley 28106 de reconocimiento, preservación, fomento y difusión de las lenguas aborígenes.

El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a los 60 días, deberá aprobar las normas reglamentarias necesarias para la aplicación de la Ley 29735.

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