En Puerto Viejo se constató que la comuna de San Antonio exigía cinco soles como condición para el ingreso a la playa. Además, este municipio no habría acreditado que cuente con una ordenanza y con un acuerdo emitido por el municipio provincial, publicados en el diario oficial "El Peruano", requisitos necesarios para realizar dichos cobros.
En el caso de Chilca se verificó que, si bien estaban autorizadas para cobrar parqueo, exigían el pago de cinco, como condición para el ingreso a las playas.
En los dos casos citados, el Indecopi dictó medidas para que dichas autoridades se abstengan de condicionar el ingreso a cobros. Asimismo, el distrito de San Antonio no deberá exigir parqueo en las playas mientras no acredite la autorización para ello, con la publicación de la ordenanza y del acuerdo de concejo respectivos.
La institución ha iniciado procedimientos de oficios contra los alcaldes de estos distritos, quienes podrían ser multados hasta con 5 Unidades Impositivas Tributarias, es decir, 18 mil nuevos soles.
Según Indecopi, los municipios pueden ofrecer parqueo vehicular siempre y cuando tengan una ordenanza que apruebe el cobro y la ratificación del municipio provincial, publicados en el diario oficial "El Peruano" (en el caso del departamento de Lima) o en los diarios encargados de publicar los avisos judiciales de las provincias (en el interior del país).
Asimismo, los municipios deben cobrar por el tiempo de permanencia del vehículo en el estacionamiento y luego de prestar el servicio. No se puede cobrar antes ni condicionar el ingreso a las playas a pagos previos.
Cabe señalar que las playas de Cerro Azul y Chilca (Playa Yaya y San Pedro) relación está permitido el cobro parqueo y en que brinda indecopi mayor información: http://www.indecopi.gob.pe/ (Sección: Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas).
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